La Operación Resolución Absoluta del 3 de enero de 2026 ha reavivado uno de los debates más fundamentales dentro del pensamiento liberal, específicamente dentro de la corriente libertaria: la tensión entre el principio de no intervención exterior y la defensa de la libertad individual como valor supremo. Tradicionalmente, la filosofía política liberal parte, con respectivos matices, de una postura aislacionista coherente con su rechazo a la planificación centralizada, entendiendo que, si los gobiernos no pueden regular eficientemente precios internos, tampoco pueden reorganizar sociedades enteras mediante la fuerza militar. Sin embargo, el caso venezolano plantea un desafío conceptual de primer orden que obliga a reexaminar estos principios bajo una lente más matizada.
El presente ensayo sostiene que la intervención estadounidense en Venezuela, lejos de constituir una contradicción con los valores liberales, representa su aplicación coherente cuando se evalúa desde una perspectiva que privilegia al individuo sobre las abstracciones estatales. Para desarrollar esta tesis, se examinarán críticamente los argumentos aislacionistas tradicionales, se analizará la naturaleza del derecho internacional y su relación con las estructuras de poder, se cuestionará la legitimidad de invocar la soberanía nacional como escudo para regímenes opresores, se evaluarán los costos reales que el contribuyente estadounidense ya asumía por la existencia del régimen chavista, y se explorará el falso dilema de la neutralidad geopolítica. Finalmente, luego de exponer los puntos anteriores, que corresponden a un enfoque ontológico, se argumentará que la intervención constituyó, bajo un análisis consecuencialista, el mal menor orientado a restaurar las condiciones mínimas de libertad.
1. Aislacionismo e intervención en la doctrina libertaria
Tradicionalmente, bajo la filosofía política libertaria los gobiernos no tienen potestad de interferir en otros países, más allá de la presencia que tienen en el propio territorio. Se aplica de forma coherente en lo económico las reglas del libre mercado y, a su vez, esa premisa se mantiene en política exterior. Es entendido que el estado no puede regular precios ni rentas sin crear escasez, aunque se pueda llegar a creer que este podría arreglar sociedades enteras mediante la fuerza militar (Bastos, 2019). Ello ha motivado la formulación de una doctrina libertaria contra la injerencia exterior, de matriz praxeológica y ética. Por un lado, arguye su futilidad (no lograría los fines prometidos y genera efectos adversos), y por otro, su indeseabilidad moral (violenta la autonomía de las personas en ambos países) (Bastos, 2019).
En efecto, desde esta perspectiva aislacionista se advierte que las intervenciones extranjeras suelen fracasar o empeorar la situación. Se invocan experiencias pasadas, como los hechos ocurridos tras el derrocamiento de Gadafi en Libia, en donde su arsenal fue saqueado y terminó en manos de grupos yihadistas como ISIS, desestabilizando el Sahel (Bastos, 2019). En Siria e Irak, tras las invasiones de EEUU los conflictos se perpetuaron o resurgieron (en Irak obligando a nuevas incursiones, en Siria reavivando la guerra). Como advierte Bastos (2019) siguiendo a Edward Luttwak, la paz forzada a menudo permite que ambas partes se rearmen en tregua, prolongando el conflicto. Ludwig von Mises y otros liberales comparan este ciclo con la intervención en precios, y es que toda acción conduce a distorsiones y nuevos problemas (Bastos, 2019). Además, si el objetivo fue democratizar o reconstruir instituciones, la evidencia es dudosa; Japón o Alemania tras la Segunda Guerra sí pudieron reconstruirse democráticamente, pero gracias a que ya contaban con una cultura institucional previa. En países sin base liberal arraigada, el vacío de poder suele llenarlo élites guerrilleras o autócratas locales. Por tanto, desde esta óptica cualquier revolución exportada se ve, probablemente, condenada.
En el ámbito moral, el razonamiento no intervención también cuestiona la legitimidad ética de estas acciones. ¿Quién otorga a un estado el derecho de atacar a otro, imponiendo la voluntad colectiva de un país sobre individuos de otro país? Bastos (2019) señala que la intervención responde a un cálculo utilitario que valora unas vidas sobre otras, erosionando las preferencias individuales. Además, ubica la responsabilidad de intervención en las élites políticas, sin contrapesos claros e invita a repensar el daño colateral como parte ineludible de cualquier agresión estatal.
Para algunos norteamericanos libertarios, la operación del 3 de enero se percibió en la línea de otras intervenciones contemporáneas (Irak, Libia, Afganistán, etc.) y generó un coro de críticas: “Venezuela fue solo otra operación neoconservadora. […] Nos empobrecemos mientras los intereses especiales se enriquecen”, resumió el senador Ron Paul (2026). Peter Klein (2026) acusa a la administración Trump de practicar un capitalismo de amigos, ya que, según él, EE.UU. planea “devolver los activos estatales de Venezuela a sus anteriores propietarios privados” (compañías petroleras) con dinero de los contribuyentes.
Esto reforzó la narrativa de intervención motivada por el petro-dólar o el beneficio de las petroleras, no por la liberación del pueblo. Adicionalmente, Ron Paul (2026) recordó la necesidad constitucional de autorización del Congreso para declarar guerras, advirtiendo del “horror de la guerra” incluso en un caso aparentemente justificado (sus citas alertan de no perder de vista los principios de no expandir el poder ejecutivo más allá de la defensa). Estas voces libertarias coinciden en que la propaganda precede a la acción (etiquetando al régimen de Maduro como criminal), se procede a la operación militar (reduciendo la resistencia inicial), pero el resultado final suele ser caótico. Dice Ron Paul (2026): “nos empobrecemos… mientras los intereses especiales se enriquecen. Y aquellos a quienes pretendemos liberar sufren más que bajo el régimen anterior».
En resumen, la tesis libertaria aislacionista afirma que la injerencia exterior, lejos de expandir la paz, termina por generar guerras de largo plazo, disminución de libertades y fortalecimiento del Estado, como han documentado varios estudios libertarios; para ello se puede ver el consenso académico sobre los costos de la construcción de naciones tras conflictos modernos (Denison, 2020).
2. Sobre el Derecho Internacional
El debate sobre la intervención en Venezuela exige, ante todo, una disección crítica de la arquitectura legal que rige el orden mundial, dicha arquitectura es el derecho internacional. El profesor Miguel Anxo Bastos define el derecho internacional “como lo es la diplomacia, un avance civilizatorio […] que es fruto de una larga tradición de intercambios entre estados que, más o menos, intentan suavizar sus relaciones”. (canal ViOne+, 2026, 1m41s).
Esto quiere decir que se basa en la voluntad y el consentimiento de los estados para aceptar obligaciones, a diferencia del derecho interno. Estos sistemas de cooperación asociados a política exterior no ejercen una influencia directa, por si mismos, sobre los estados. Y es que los estados “funcionan entre ellos de forma anárquica” (Domínguez, 2015) ya que pactan, tratan, organizan entre ellos sin una autoridad superior que lo haga posible; implica que las líneas de relación se dan de forma horizontal, no de arriba a abajo. Aun así, otras ideas han surgido en la actualidad sobre la forma en la que se organizan y se rigen los estados entre ellos. Y es que, con la interpretación personal sobre el planteamiento del profesor Eduardo Fernández Luiña en un directo junto con los profesores Juan Ramón Rallo y Rogelio Núñez al respecto
del caso de Venezuela y el derecho internacional, la efectividad del derecho internacional no es independiente de las estructuras de poder existentes, sino que tienden a reflejar los intereses y prioridades de las potencias dominantes dentro de cada orden regional o sistémico (canal Juan Ramón Rallo, 2026, 16m20s).
Por otro lado, es conveniente aclarar en este contexto que un estado que recurre a la represión sistemática, la tortura y el fraude electoral socava su propia legitimidad internacional. En el contexto venezolano, el concepto de libre determinación de los pueblos, que plantea el derecho internacional en el punto 3 del artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas (ONU, 1945), ha sido despojado de su esencia por el régimen chavista. La autodeterminación real presupone que el pueblo pueda determinar su destino mediante procesos libres y transparentes. No obstante, en Venezuela, esta capacidad ha sido frustrada desde hace décadas mediante la cooptación de instituciones y la eliminación de la competencia política. La crítica a la intervención en Venezuela bajo el paraguas del derecho internacional con el pretexto de soberanía nacional y de respetar la autodeterminación es incurrir en una falacia conceptual. Primero, claro está, porque Venezuela no es la persona capturada para enfrentar la ley por sus crímenes, Venezuela es y existe por las personas que integran el territorio. Segundo, cuando un régimen destruye el espacio de decisión política genuina, la autodeterminación deja de pertenecer al pueblo y pasa a ser capturada por una minoría coactiva. Por lo tanto, respetar ciegamente la soberanía formal equivale a legitimar una dictadura que ha anulado la autodeterminación sustantiva de sus ciudadanos.
3. Ética individualista y legitimidad del Estado: La soberanía como coartada
El aislacionismo, al defender el statu quo de la soberanía abstracta, termina convirtiéndose en una coartada para tolerar la opresión interna de estados represores. Desde el individualismo metodológico, las construcciones abstractas como estado o nación no tienen derechos per se; solo los individuos son sujetos de derechos según la filosofía política liberal (Rallo, 2019: 17). Pero, aun así, reconociendo el innegable sistema diplomático a través del cual se rigen los estados, si el derecho internacional (ya habiendo determinado como se establece el derecho internacional en el epígrafe anterior) protege a regímenes que conculcan todos los derechos de su población mientras ignora mecanismos efectivos de rendición de cuentas, dicho derecho internacional y soberanía
nacional devienen en un escudo para la impunidad y deja de ser un instrumento de justicia.
En el mismo orden de ideas, es fundamental cuestionar qué criterio tiene mayor grado objetividad: ¿El formalismo jurídico de un principio de soberanía que ha servido a dictadores, o la realidad del individuo concreto que sufre la represión de la dictadura? Aunque el materialismo pondría en duda la objetividad en el criterio del segundo, el testimonio del ciudadano venezolano que ha conocido, al menos por terceros cercanos, la escasez, la pobreza, los encarcelamientos extrajudiciales, la negación de elecciones libres y las torturas y represiones que han llevado a perder muchas vidas tiene una base empírica infinitamente superior para evaluar el significado de la libertad que las teorías de académicos y divulgadores distantes que defienden la no intervención por pura coherencia teórica. Para el libertario consecuente, el derecho internacional no es un dogma moral absoluto, sino una herramienta cuya validez debe juzgarse por su capacidad para proteger a grandes grupos de individuos frente a agresiones reales que devienen del estado, que, además, cuyo estado es ilegítimo. No solo es ilegitimo bajo los términos libertarios, sino ilegítimo bajo los propios términos de quienes justifican la existencia del estado, de su soberanía y de los derechos internacionales.
4. El contribuyente estadounidense y la financiación del orden público
Es entendible que se asuma que toda injerencia en países extranjeros es una forma de altruismo financiado con dinero del contribuyente para resolver problemas ajenos. Sin embargo, en el caso de Venezuela, este marco es incorrecto. El argumento para la intervención no es moralista o filantrópico, sino que se fundamenta, que represen en la protección del orden público y la influencia geopolítica.
Antes de continuar, es oportuno hacer un inciso en el aspecto económico como una de las hipotéticas motivaciones para intervenir en Venezuela por parte de la administración Trump. La producción máxima de petróleo en Venezuela ha sido de 3,5 millones de barriles de petróleo al día, esto fue en la década de los 70. Con una producción de entre 3 y 4 millones de barriles de petróleo diarios (que podría generarse en unos años, no en el corto plazo, con inversión de petroleras americanas) y usando de referencia los precios actuales del petróleo, Venezuela y Estados Unidos se repartirían unos beneficios globales de entre 13 y 14 mil
millones de dólares (canal Juan Ramón Rallo, 2026). Para Estados Unidos, esa cifra y la cifra que le correspondería, no se acerca siquiera al 1% de sus ingresos; además, la cifra es aún más irrisoria si se le relaciona con el PIB de Estados Unidos. Por lo tanto, según la realidad descrita por los números, no hay grandes motivos económicos para llevar a cabo una intervención en Venezuela por parte de los Estados Unidos.
Volviendo al tema del orden público, para el liberal, de haber estado, el escenario ideal es que dicho estado se limite a proteger los derechos negativos de sus ciudadanos (Rallo, 2019: 31-33), y esa protección no termina en la frontera cuando la amenaza es transnacional.
El régimen venezolano facilitaba activamente el narcotráfico y colaboraba con organizaciones criminales que impactan directamente en la seguridad interna de los Estados Unidos. Esto significa que el contribuyente estadounidense ya estaba asumiendo los costos de la existencia del régimen de Maduro de forma indirecta:
∙ En el aumento de la violencia urbana y el gasto en el sistema penal. ∙ En el sistema sanitario, derivado del uso de drogas.
∙ En la pérdida de productividad y el deterioro general del tejido social.
Cabe hacer la observación de que, bajo un orden político liberal, las drogas dejan de ser un asunto de coerción estatal y pasan a ser un asunto de decisiones y consecuencias, primeramente, individuales y, posteriormente, comunitarias (porque nunca se deja de pertenecer a una sociedad).
5. El falso dilema de la neutralidad: sobre la influencia geopolítica
Otro punto crítico que el aislacionismo libertario suele evitar es que el no intervencionismo no es una postura neutral ni carece de costos; es una decisión política activa con consecuencias tangibles. No intervenir no es gratis; implica aceptar y pagar indefinidamente los costos difusos de la inestabilidad regional, la migración desordenada y la expansión de potencias hostiles. Las tesis aislacionistas tratan la geopolítica como si fuera algo opcional, pero en un mundo globalizado, el vacío de poder siempre es llenado por alguien. Si los Estados Unidos renuncian a su influencia en el hemisferio bajo una bandera de aislacionismo absoluto, el espacio será ocupado inevitablemente por potencias
como China, Rusia o Irán (esto guarda relación directa con el tema del derecho internacional).
Aunque imperfecta y movida por intereses propios (obviamente), la experiencia histórica demuestra que bajo la influencia occidental existen márgenes de autonomía y libertad que son mucho menores o inexistentes bajo la influencia de autocracias de oriente y de la región, como Cuba (a las cuales está asociado ideológicamente el régimen chavista desde su surgimiento).
6. La intervención como el Mal Menor y la restauración de la libertad
Habiendo expuesto argumentos de carácter ontológico en los epígrafes 2, 3, 4 y 5, el enfoque consecuencialista evalúa la validez de la Operación Resolución Absoluta bajo el prisma, que suele presentarse entre las ideas libertarias, del mal menor. Aun así, la elección real era entre opciones que llevarían a resultados muy diferentes entre sí:
∙ Opción A (Continuidad del Régimen): Perpetuación de violaciones sistemáticas de derechos, facilidades al narcotráfico, alianza con potencias autocráticas y una exportación constante de inestabilidad y miseria.
∙ Opción B (Intervención Militar): Una acción limitada y finita que, aunque tensa los principios jurídicos formales, ofrece una oportunidad real para restablecer el Estado de derecho y la soberanía individual.
Por lo tanto, si se habla de justificar X medios para conseguir Y fines, no se trata de medios extremadamente despreciables para conseguir fines medianamente deseables. Ocurre lo contrario: medios que son percibidos con una indiferencia casi absoluta para los venezolanos (intervención estadounidense), con el propósito de conseguir fines completamente anhelados por los venezolanos (mayores cotas en su esfera de libertad)
La evidencia inmediata posterior a la captura de Maduro apoya la tesis de la Opción B como un beneficio neto para la libertad. Ya que, se observan excarcelaciones de presos políticos que no habrían ocurrido sin la intervención, marcando un punto de referencia de resultados tangibles en la recuperación de libertades básicas.
Conclusión
El análisis presentado demuestra que la Operación Resolución Absoluta no representa una ruptura con los principios liberales fundamentales, sino su aplicación coherente en un contexto donde la ortodoxia aislacionista colisionaba frontalmente con la realidad de millones de individuos cuyas libertades habían sido sistemáticamente anuladas. La tradicional doctrina de no intervención, si bien válida como principio general, deviene en una coartada moral cuando se aplica de forma dogmática a situaciones donde un régimen ha destruido todas las vías internas de autodeterminación genuina.
La crítica libertaria que equipara toda intervención exterior con el imperialismo neoconservador incurre en un error categorial: ignora las diferencias cualitativas entre invasiones prolongadas de reconstrucción nacional y acciones puntuales orientadas a eliminar estructuras de opresión sistemática. El caso venezolano evidencia que la neutralidad geopolítica es una ilusión costosa, y que los vacíos de poder inevitablemente favorecen a otros actores.
El liberalismo, en su vertiente libertaria, para mantener su relevancia como filosofía política práctica, debe reconocer que defender la libertad individual a veces exige ir más allá del purismo teórico y enfrentar las complejidades morales que presenta un mundo donde la tiranía no se autolimita voluntariamente.
Referencias
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Domínguez, José Augusto (2015). La teoría del Estado de Miguel Anxo Bastos (y VI). Instituto Juan de Mariana. https://juandemariana.org/la-teoria-del-estado de-miguel-anxo-bastos-y-vi/
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Klein, P. (2026). El capitalismo de amigos de Trump en Venezuela. Instituto Mises. https://mises.org/es/poder-y-mercado/el-capitalismo-de-amigos-de trump-en-venezuela
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Rallo, Juan. (2019). Liberalismo: Los 10 principios básicos del orden político liberal. Deusto.
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